¿Cómo se clasifican las vías en Colombia?

Según el Código Nacional de Tránsito, las vías se clasifican en dos categorías, urbanas y rurales, y a su vez, dentro de ellas existen diferentes tipos de vías que tienen prelación unas de otras. 

Vías en zonas rurales

  • Autopistas: cuentan con dos o más carriles y están diseñadas para la movilización masiva de vehículos automotores.
  • Carreteras principales: son las que permiten la entrada y salida de vehículos y conectan con otras vías más pequeñas.
  • Carreteras secundarias: representan alternativas de movilidad para los usuarios.
  • Carreteables: son las vías que, a pesar de no estar pavimentadas, permiten la circulación de vehículos.
  • Privadas: son vías destinadas al uso particular.
  • Peatonales: son zonas destinadas exclusivamente al tránsito de peatones.
  • Férreas: son aquellos espacios de la vía destinados al tránsito de los trenes.

Vías en zonas urbanas

Las zonas urbanas también cuentan con vías férreas, autopistas, vías privadas y vías peatonales. Sin embargo también incluyen:

  • Vía troncal: vía de ocho o más carriles que permite la circulación de vehículos de servicio público masivo en sus calzadas interiores.
  • Arterias: tienen prioridad sobre las demás vías, a excepción de las vías férreas y las autopistas.
  • Principales: son las vías que tienen prelación sobre las vías secundarias.
  • Secundarias: son aquellas vías cuyo tránsito lleva a las vías principales.
  • Colectoras: se encargan de distribuir el tránsito entre la vivienda y los sitios de trabajo.
  • Ordinarias: están sujetas al tránsito en las vías principales.
  • Locales: tienen la función de brindar accesibilidad a barrios.
  • Metrovías: se usan de manera exclusiva para la circulación del metro.
  • Ciclorrutas: espacios de la vía que están destinados únicamente a la circulación de bicicletas.

¿Qué recomendaciones debes seguir al transitar por estas vías?

Si transitas por zonas rurales, la velocidad máxima permitida no debe superar los 80 km/h. 

En algunos trayectos de las autopistas y vías arterias las autoridades podrán permitir una velocidad de hasta 100 km/h.

En las zonas urbanas la velocidad máxima es de 60 km/h; a excepción de casos en los que las autoridades señalicen velocidades diferentes.

En las vías peatonales, el tránsito de vehículos está prohibido.

En el caso de las vías privadas, solo pueden transitar aquellos vehículos que hagan parte del barrio o localidad en la que se encuentran ubicadas. 

Fuente: CEA Auto Zúñiga.

Comenta, comparte y ¡síguenos en redes sociales!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio